Funciones:
El Revisor Fiscal, que deberá cumplir los requisitos de Ley, no podrá tener ningún nexo dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil con ninguno de los miembros de los Órganos de Dirección, Administración y Control, ni ocupar cargos de elección popular ni en instituciones públicas, en representación del Partido.
El Revisor Fiscal cumplirá las siguientes funciones que para este cargo señala la Ley y las normas reglamentarias.
