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Resolución Nº 006 de 2011, Presupuesto Participativo.

 

 

 

DIRECCION NACIONAL

 


 

 

Por medio de la cual se adopta el reglamento para la discusión y aprobación del presupuesto anual del PARTIDO VERDE

 

La Dirección Nacional del Partido Verde en uso de sus atribuciones conferidas en el Articulo 18 numeral 14 de los estatutos del Partido Verde y

 

CONSIDERANDO

 

PRIMERO: Que el artículo 12 de la ley 130 de 1994 dispone en el Parágrafo 3º, los partidos y movimientos con personería jurídica están obligados a debatir y aprobar democráticamente sus respectivos presupuestos.

 

SEGUNDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de los estatutos, la Dirección Nacional aprobará el presupuesto del Partido, con base en las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia y el reglamento que para el efecto expida, mediante el cual garantizará un procedimiento democrático y participativo.

TERCERO: Que en el inciso 8º del artículo 25 de los Estatutos señala que es función del Director Nacional presentar para la aprobación de la dirección nacional el proyecto de presupuesto anual y la política de acceso a recursos.

 

CUARTO: Que es deber del partido reglamentar el procedimiento de elaboración y aprobación del presupuesto para garantizar la participación democrática de sus militantes.

 

RESUELVE

 

ARTICULO 1°. Principios.

 

Participación. Entiéndase por participación el derecho de todo afiliado a intervenir en la adopción de las decisiones fundamentales del partido o movimiento, directamente o a través de sus representantes, en el máximo órgano de dirección y en las demás instancias de gobierno, administración y control, así como los derechos de elegir y ser elegido en todo proceso de designación o escogencias de sus directivos y de sus candidatos a cargos y corporaciones de elección popular.

 

Transparencia. En virtud del principió de transparencia los partidos y movimientos políticos mantendrán permanente informados a sus afiliados sobre sus actividades políticas, administrativas y financieras de todo lo cual hará periódicamente rendición de cuentas.

 

Planificación. El presupuesto deberá guardar concordancia con los contenidos de los planes, programas y proyectos que para efecto de planificación se desarrollen en el Partido.

 

Anualidad. El año fiscal comienza el 1º de enero y termina el 31 de diciembre de cada año. Después del 31 de diciembre no podrán asumirse compromisos con cargo a las apropiaciones del año fiscal que se cierra en esa fecha.

 

Eficiencia. Se usarán racionalmente los medios con que se cuenta para alcanzar los objetivos y metas programadas del Partido con el mínimo de recursos disponibles y tiempo, logrando de esta forma su optimización.

 

Eficacia. Se realizarán las actividades necesarias para lograr los objetivos y metas programadas del Partido.

 

ARTICULO 2°. Fuentes de financiación. El Partido Verde podrá acudir a las siguientes fuentes para la financiación de su funcionamiento y de sus actividades:

1. Las cuotas de sus afiliados, de conformidad con sus estatutos.

2. Las contribuciones, donaciones y créditos, en dinero o en especie, de sus afiliados y/o de

Particulares.

3. Los créditos obtenidos en entidades financieras legalmente autorizadas.

4. Los ingresos originados en actos públicos, publicaciones y/o cualquier otra actividad lucrativa del partido o movimiento, los rendimientos procedentes de la gestión de su propio patrimonio y los que se obtengan de los servicios que puedan prestar en relación con sus fines específicos.

5. Los rendimientos financieros de inversiones temporales que realicen con sus recursos propios.

6. Las herencias o legados que reciban.

7. La financiación estatal, en el caso de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica.

 

ARTICULO 3°Destinación de los recursos. Los recursos provenientes de la financiación estatal se destinarán a financiar las actividades que realicen para el cumplimiento de sus fines y el logro de sus propósitos y, en particular, para las siguientes finalidades, de conformidad con sus planes, programas y proyectos:

1. Para el funcionamiento de sus estructuras en el exterior, nacionales, regionales, locales y sectoriales.

2. Para la inclusión efectiva de mujeres, jóvenes y minorías étnicas en el proceso político.

3. Para el funcionamiento de los centros y fundaciones de estudio, investigación y capacitación.

4. Para dar apoyo y asistencia a sus bancadas.

5. Para cursos de formación y capacitación política y electoral, dentro y fuera del país.

6. Para la divulgación de sus programas y propuestas políticas.

7. Para el ejercicio de mecanismos de democracia interna previstos en sus estatutos.

8. Para el desplazamiento de sus dirigentes dentro y fuera del país.

9. Para la realización de eventos de difusión y promoción del ideario del Partido.

 

ARTICULO 4°: Convocar a los diferentes órganos de dirección a nivel departamental y municipal, y a todos sus militantes a formular propuestas para la obtención de recursos del Partido Verde, la definición de las prioridades y la destinación de los mismos durante la vigencia 2012, con propuestas que se recibirán a partir del 21 de diciembre escribiendo al correo contabilidad@partidoverde.org.co.

 

ARTICULO 5°: El director ejecutivo presentara ante la dirección nacional para su discusión y aprobación el proyecto de presupuesto con las respectivas propuestas resumidas de sus organismos de base y militantes en la tercera semana de febrero.

 

ARTICULO 6°: Para garantizar los principios de participación y transparencia se publicara en la página web del partido verde, el proyecto de ingresos y gastos elaborado por la comisión financiera del partido, que servirá como base para su discusión.

 

 

ARTICULO 7°: La presente resolución rige partir de su expedición

 

 

COMUNIQUESE, EXPLIQUESE Y CUMPLASE

 

 

Dada en la ciudad de Bogotá a los 20 días del mes de Diciembre del año dos mil once (2011).

 

Descargue el presupuesto aqui

 

 
 
 
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